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Título: DECLARA CAPITAL PROVINCIAL DE DOMA A LA LOCALIDAD DE SINGUIL-AMBATO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 20 Nov. 1986
Fecha de publicacion: 16 Enero 1987
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase Capital Provincial de la Doma a la Localidad de Singuil, Departamento Ambato.
ARTICULO 2.- El “Festival de la Doma”, que anualmente se realiza en aquella Localidad, será de Interés Provincial, y los beneficios que produzca, serán distribuidos equitativamente a Instituciones de bien público existentes en su zona de influencia (escuelas, postas sanitarias, iglesias, clubes, etc.)
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: RODRIGUEZ-PIOVANO-Andrada-Rizo
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):