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Título: EXPROPIACION DE INMUEBLE.
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 23 Junio 1972
Fecha de publicacion: 4 Julio 1972
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación a favor del Estado Provincial, con destino a la Dirección General de Cultura y a los fines de la construcción de la CASA DE LA CULTURA, el inmueble cuyas características se consignan a continuación:
Ubicación: Distrito 1°- Departamento Capital -Calle República N° 243.
Padrón: N° 1571- Origen N° 1809.
Medidas: Norte y Sud: 29.10m; Este y Oeste: 65,22 m.
Superficie: 1.897.9020 m2. Avaluación $ 6.753.- (Edif.: $ 314.- Terreno: $ 6.437.27).
Linderos: Norte: Calle República; Sud; Adolfo castellano y otros; Este: Museo Provincial de bellas Artes y Oeste: Suc. Julio Fuembuena.
Correspondiente al Lote: 16, manzana catastral N° 64. Inscripto a nombre de: Sucesión Valentín Berrondo - Sin antecedentes de títulos.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con las partidas respectivas del presupuesto provincial /72.
ARTICULO 3.- Comuníquese, Publíquese dese al Registro Oficial y Archívese.-
Firmantes: PERNASETTI-Mammana
Gestión: Horacio Agustín Pernasetti (Gestion 1971-1973)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):