Digesto Legislativo Provincial

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Decreto Ley
    

  
Detalle de Decreto Ley 1700
  

 

Título: AUTORISASE AL PODER EJECUTIVO PARA QUE INSTALE UN EQUIPO DE BOMBEO EN FIAMBALA CATAMARCA.

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 11 Junio 1958

Fecha de publicacion: 25 Julio 1958

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LEY 1700 - Decreto 712/1958
AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO PARA QUE INSTALE UN EQUIPO DE BOMBEO EN FIAMBALA - TINOGASTA

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que, previos los estudios necesarios, instale un equipo de bombeo y red de distribución de agua potable en el Distrito de Fiambalá, Departamento Tinogasta.

ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 59/1958

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