Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 1740
  

 

Título: DENOMINASE “JUAN BAUTISTA ALBERDI” A LA PROLONGACION NORTE DE LA AVDA. MITRE

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 10 Set. 1958

Fecha de publicacion: 14 Nov. 1958

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LEY 1740 - Decreto 1728/1958
DENOMINASE “JUAN BAUTISTA ALBERDI”
A LA PROLONGACION NORTE DE LA AVDA. MITRE

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Desé el nombre de Juan Bautista Alberdi, a la prolongación Norte de la Avenida Mitre de esta Ciudad de Catamarca.

ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia, para emplazar un monolito en la iniciación Sud de la Avenida mencionada y colocar en el mismo una placa de bronce recordatoria y alusiva a la fecha del nacimiento del autor de "Las Bases".

ARTICULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán tomados de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 4.- De forma.

 

Firmantes: GUZMAN-PEREZ FUENTES-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 91/1958

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