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Título: AUTORIZASE EL ESTUDIO PARA LA CONSTRUCCION DE UN DIQUE NIVELADOR EN EL RIO QUIMIVIL (BELEN).
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 17 Set. 1958
Fecha de publicacion: 29 Nov. 1958
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de Quince Mil Pesos ($15.000 m/n), en los estudios necesarios para la construcción de un dique nivelador en el Río Quimivil, en Londres, departamento de Belén.
ARTICULO 2.- Los gastos emergentes de la presente Ley se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: GUZMAN-PEREZ FUENTES-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):