Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 1755
  

 

Título: ERIGENSE EN CIUDADES A LAS VILLAS DE TINOGASTA RECREO Y BELEN.

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 22 Set. 1958

Fecha de publicacion: 12 Dic. 1958

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LEY 1755 - Decreto 1857/1958
ERIGENSE EN CIUDADES A LAS VILLAS DE TINOGASTA, RECREO Y BELEN

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Erígense en ciudades a las actuales Villas de Tinogasta, Recreo y Belén, cabeceras de los Departamentos de Tinogasta, La Paz y Belén respectivamente.

ARTICULO 2.- Delégase en el Poder Ejecutivo la facultad de fijar la jurisdicción de cada una de las ciudades creadas en virtud de lo dispuesto en el Artículo 1.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: REYNOSO-PEREZ FUENTES-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 99/1958

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