Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 1776
  

 

Título: AUTORIZASE LA CONSTRUCCION DE UN MERCADITO TIPO EN BAÑADO DE OVANTA (SANTA MARIA )

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 22 Set. 1958

Fecha de publicacion: 30 Dic. 1958

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LEY 1776 - Decreto 1938/1958
AUTORIZASE LA CONSTRUCCION DE UN MERCADITO TIPO EN
BAÑADO DE OVANTA - SANTA ROSA

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a construir un matadero y mercadito tipo en la localidad de Bañado de Ovanta, Departamento Santa Rosa.

ARTICULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: REYNOSO-PEREZ FUENTES-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 104/1958

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