Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  

Inicio / Ley

Ley
    

  
Detalle de Ley 1780
  

 

Título: AUTORIZASE LA CONSTRUCCION DE TOMAS, BOCAS-TOMAS, DESARENADORES, ETC. EN EL DEPARTAMENTO SANTA MARIA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 22 Set. 1958

Fecha de publicacion: 30 Dic. 1958

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

LEY 1780 - Decreto 1942/1958
AUTORIZASE LA CONSTRUCCION DE TOMAS, BOCAS-TOMAS, DESARENADORES, ETC. EN EL DEPARTAMENTO SANTA MARIA

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a efectuar los estudios correspondientes y proceder a la inmediata construcción de tomas, boca tomas, desarenados y revestimiento de las siguientes acequias del Departamento de Santa María.
1) Retamozo;
2) Los Palacios;
3) Alvarez;
4) Chañar Punco;
5) Cerrito;
6) Santa María;
7) Las Mojarras;
8) El Puesto y
9) Fuerte Quemado del Alto y Fuerte Quemado del Bajo.

ARTICULO 2.- Los gastos emergentes del cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: REYNOSO-PEREZ FUENTES-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 104/1958

  • No hay información

  • Sin temas relacionados

  • Sin información

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados


Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para esta Ley, envianos tu comentario: