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Título: AUTORIZASE LA CONSTRUCCIÓN DE UN HOTEL DE TURISMO TIPO, EN LAS ESTANCIAS (ANDALGALA)
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 24 Set. 1958
Fecha de publicacion: 9 Enero 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que construya un hotel de turismo tipo, en la localidad de Las Estancias - Departamento Andalgalá.
ARTICULO 2.- La obra de referencia deberá ser incluida en el Plan de Obras, Trabajos y Servicios Públicos para 1959.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: REYNOSO-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):