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Título: AUTORIZASE LA CONSTRUCCION DE UN CAMINO DESDE PALO BLANCO – TINOGASTA A ANTOFAGASTA DE LA SIERRA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 30 Set. 1958
Fecha de publicacion: 23 Enero 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo, para que por intermedio de la Dirección de Vialidad de la Provincia y previo los estudios pertinentes, se construya un camino que una las localidades de Palo Blanco -Tinogasta- y Antofagasta de la Sierra.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de esta Ley, será incluido en el Plan de Obras, Trabajos y Servicios Públicos.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: REYNOSO-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):