Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 1803
  

 

Título: AUTORIZASE LA REPARACIÓN DEL CAMINO CARRETERO ENTRE SUMALAO Y AGUA COLORADA (V. VIEJO)

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 1 Oct. 1958

Fecha de publicacion: 30 Enero 1959

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LEY 1803 - Decreto 2125/1958
AUTORIZASE LA REPARACION DEL CAMINO CARRETERO ENTRE
SUMALAO Y AGUA COLORADA, DEPTO. VALLE VIEJO

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorizar al Poder Ejecutivo para que por intermedio de la repartición correspondiente, proceda a la reparación del camino carretero entre Sumalao y Agua Colorada, pasando por la Localidad de Antapoca, todas del Departamento Valle Viejo.

ARTICULO 2.- Autorizar al Poder Ejecutivo para la construcción de una defensa sobre el Río Santa Cruz a la altura de la localidad de Pozo del Mistol, perteneciente al Departamento Valle Viejo.

ARTICULO 3.- Los gastos que demande la ejecución de los trabajos autorizados precedentemente se tomarán de Rentas Generales con imputación a la presente Ley.

ARTICULO 4.- De forma.-

 

 

Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 9/1959

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