Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 1811
  

 

Título: AUTORIZASE TRABAJOS DE URBANIZACIÓN EN VILLA DE POMÁN

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 29 Set. 1958

Fecha de publicacion: 10 Feb. 1959

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LEY 1811 - Decreto 2184/1958
AUTORIZASE TRABAJOS DE URBANIZACION EN VILLA DE POMAN

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia, para que por intermedio de los organismos competentes proceda a efectuar los trabajos de urbanización que sean necesarios en la Villa de Pomán, departamento del mismo nombre, pudiendo hacer uso de la facultad de expropiar las tierras o predios que fueren necesarios a tal fin.

ARTICULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se harán tomando los fondos de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 3.- De forma.

 

 

Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 12/1959

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