Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 1813
  

 

Título: AUTORIZASE LA AMPLIACIÓN DE PAVIMENTACIÓN EN LA VILLA DE TINOGASTA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 30 Set. 1958

Fecha de publicacion: 13 Feb. 1959

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LEY 1813 - Decreto 2186/1958
AUTORIZASE LA AMPLIACIÓN DE PAVIMENTACIÓN EN LA VILLA DE TINOGASTA

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que previo los estudios correspondientes, se amplíe la pavimentación dentro del radio urbano de la Villa de Tinogasta, Departamento del mismo nombre.

ARTICULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

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