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Título: AUTORIZASE LA CONSTRUCCIÓN DE UN CAMINO EN LA GUARDIA - LA PAZ
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 30 Set. 1959
Fecha de publicacion: 13 Feb. 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que por intermedio de sus organismos competentes, proceda a la construcción de un camino desde el Río de La Dorada, punto donde termina el camino de Icaño hasta la localidad de La Guardia, Departamento La Paz, para empalmar con la ruta 60, pasando por La Costa de La Sierras de Ancasti.
ARTICULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):