Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 1814
  

 

Título: AUTORIZASE LA CONSTRUCCIÓN DE UN CAMINO EN LA GUARDIA - LA PAZ

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 30 Set. 1959

Fecha de publicacion: 13 Feb. 1959

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

LEY 1814 - Decreto 2187/1958
AUTORIZASE LA CONSTRUCCION DE UN CAMINO
EN LA GUARDIA, DPTO. LA PAZ

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que por intermedio de sus organismos competentes, proceda a la construcción de un camino desde el Río de La Dorada, punto donde termina el camino de Icaño hasta la localidad de La Guardia, Departamento La Paz, para empalmar con la ruta 60, pasando por La Costa de La Sierras de Ancasti.

ARTICULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 3.- De forma.

 

 

Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 13/1959

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