Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 1816
  

 

Título: AUTORIZASE LA REPARACIÓN DE UN CAMINO DE HERRADURA EN SANTA MARIA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 29 Set. 1958

Fecha de publicacion: 13 Feb. 1959

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

LEY 1816 - Decreto 2189/1958
AUTORIZASE LA REPARACIÓN DE UN
CAMINO DE HERRADURA EN SANTA MARIA

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la provincia de Catamarca para que por intermedio de la repartición competente, efectúe los estudios y reparación necesarios, en el camino de herradura Villa de Santa María con las localidades de la Hoyada y Ovejería.

ARTICULO 2.- Los gastos que demanda el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma.

ARTICULO 3.- De forma.

 

 

Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 13/1959

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