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Título: AUTORIZASE LA CONSTRUCCIÓN DE UN CAMINO EN LOS ANGELES - CAPAYÁN
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 1 Oct. 1958
Fecha de publicacion: 13 Feb. 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que previo los estudios correspondientes construya un camino en la Localidad de Los Angeles Departamento Capayán, en el recorrido que hace desde el lugar El Portezuela pasando por toda la población y Villa Los Angeles hasta llegar Al paraje denominado El Tala, en el Departamento Capital.
ARTICULO 2.- La inversión que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3. - De forma.
Firmantes: REYNOSO-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):