Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 1829
  

 

Título: AUTORIZASE LA ESCRITURACIÓN DE UN TERRENO EN ESQUIÚ - LA PAZ - A FAVOR DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 30 Set. 1958

Fecha de publicacion: 13 Feb. 1959

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LEY 1829 - Decreto 2206/1958
AUTORIZASE LA ESCRITURACION DE UN TERRENO EN ESQUIU - LA PAZ
A FAVOR DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la provincia a escriturar a favor del Consejo Nacional de Educación y con destino a la construcción del edificio para la Escuela N° 15 de Esquiú, Dpto. La Paz, el terreno de propiedad fiscal que figura inscripto bajo Padrón Nº 8020 y cuyos linderos son: al Norte; Layú Hnos. y Andrés Acosta; al sud, Ferez Mohaded; Lidoro Rivera al Este, Calle Pública y al Oeste, Calle Pública.

ARTICULO 2.- Los gastos que demanda el cumplimiento de la presente Ley, se tomaran de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 3.- De forma.

 

 

Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 13/1959

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