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Título: AUTORIZASE CONSTRUCCIONES DE DEFENSAS SOBRE RIO CHAQUIAGO - ANDALGALA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 27 Set. 1958
Fecha de publicacion: 20 Feb. 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que previo los estudios correspondientes se construyan defensas sobre el Río Chaquiago en el lugar denominado Chaquiago de Arriba, perteneciente al Departamento Andalgalá.
ARTICULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomaran de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):