Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 1721
  

 

Título: FIJASE PRESUPUESTO GRAL . DE DIETAS SUELDOS, ETC. PARA LAS CAMARAS LEGISLATIVAS DE LA PROVINCIA.

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 7 Ago. 1958

Fecha de publicacion: 16 Set. 1958

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LEY 1721 - Decreto 1287/1958
FIJASE PRESUPUESTO GRAL. DE DIETAS SUELDOS, ETC., PARA LAS CAMARAS LEGISLATIVAS DE LA PROVINCIA

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Fíjase el Presupuesto General de Dietas, Sueldos y Gastos de la Honorable Cámara de Senadores, incluido sueldos y otros gastos del personal común a ambas Cámaras Legislativas, para el Ejercicio 1958, (OCHO MESES) desde el 1 de mayo hasta el 31 de diciembre, en la suma de Un Millón Ciento Noventa y Tres Mil Ochocientos Cincuenta Pesos M/N ($ 1.193.850) conforme con la distribución inserta en planillas adjuntas.

ARTICULO 2.- De la suma correspondiente al Item I - del Inciso 2 - se deducirán las partidas ya recibidas de conformidad al siguiente detalle.
Comunicaciones $ 2.000
Conservación de vehículos $ 1.500
Gastos Eventuales y Menores- $ 750
Gastos Generales a clasificar por inversión $ 42.000
Uniformes y equipos $ 5.000

ARTICULO 3.- Los gastos de representación de los Señores Senadores serán percibidos cuando los aumentos dispuestos por el Superior Gobierno de la Provincia, se hagan extensivos a todos los servidores de la Administración Pública.

ARTICULO 4.- De forma.

 

 

Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Herrera-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 74/1958

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