Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 1729
  

 

Título: DECRETOS LEYES DICTADOS POR LAS INTERVENCIONES FEDERALES EN CATAMARCA - DECLARASE VIGENTES.

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 21 Ago. 1958

Fecha de publicacion: 10 Oct. 1958

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LEY 1729 - Decreto 1479/1958
DECRETOS LEYES DICTADOS POR LAS INTERVENCIONES FEDERALES EN CATAMARCA - DECLARANSE VIGENTES

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Decláranse en vigencia con fuerza de ley en la Provincia, todos los Decretos - Leyes dictados por las Intervenciones Federales en Catamarca a partir del 25 de setiembre de 1955 al 1 de mayo de 1958 y hasta tanto no sean derogados o modificados por Leyes que dicte la H. Legislatura.

ARTICULO 2.- Créase una comisión integrada por tres diputados y tres senadores de la Honorable Legislatura, para el estudio y consideración de los distintos Decretos-Leyes vigentes en la Provincia. Esta comisión deberá expedirse dentro del plazo de noventa días a contar desde su designación, que deberá hacerse el día de sesión subsiguiente al de la promulgación de la presente ley.

ARTICULO 3.- La Comisión podrá hacerse asesorar con profesionales y técnicos, cuyos sueldos y honorarios fijará la misma, solicitando su aprobación a la H. Legislatura.

ARTICULO 4.- Los gastos que demande la presente ley, se tomarán de Rentas Generales hasta tanto se incluya la partida correspondiente en la Ley de Presupuesto de la Provincia.

ARTICULO 5.- De forma.

 

Firmantes: GUZMAN-MAGAQUIAN-Herrera-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 81/1958

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