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Título: AUTORIZASE LA CONSTRUCCION DE UN PUENTE COLGANTE EN DPTO. AMBATO.
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 20 Ago. 1958
Fecha de publicacion: 17 Oct. 1958
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo para que previo los estudios necesarios construya un puente colgante sobre el Río del Valle que una Banda La Ciénaga con la Villa de La Puerta, Departamento Ambato.
ARTICULO 2.- Facúltase igualmente al Poder Ejecutivo para que disponga la construcción de un puente colgante que una las dos bandas de la localidad de Huaycama, Departamento Ambato, situadas en ambas márgenes del Río del Valle.
ARTICULO 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 4.- De forma.
Firmantes: REYNOSO-MAGAQUIAN-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):