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Título: FACULTASE LA CONSTRUCCIÓN DE UN CAMINO DESDE CHUMBICHA HASTA RECREO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Julio 1960
Fecha de publicacion: 27 Set. 1960
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º.- Facultase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que por intermedio de los organismos competentes, proceda a construir un tramo de 15 kilómetros de camino que arrancando desde el Km 38 del ramal de Chumbicha (Capayán) a Recreo (La Paz), o sea desde el camino de Vialidad Provincial de Esquiú a La Guardia, directo a las fabricas de cal denominadas el Cerrito hasta el Jumeal, donde empalmara con el camino vecinal que va por la costa de la sierra desde el Río de La Dorada hasta la Guardia, empalmando con la Ruta N§ 60 que une la Provincia de Córdoba y la Ciudad de Catamarca.
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomara de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3º.- De forma.-
FIRMANTES: SOMMARO – HERRERA – CLAVIERE - GARCIA
TITULAR DEL P.E.P.: Sr. SALAS, JUAN MANUEL
DECRETO DE PROMULGACIÓN: 3 de Agosto de 1960
DECRETO H.E.O.P. Nº 2139
Firmantes: SOMMARO-HERRERA-Claviere -Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):