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Detalle de Ley 5195
  

 

Título: DECLARA SITIO HISTÓRICO PROVINCIAL A LA LOCALIDAD DE FUERTE QUEMADO - SANTA MARÍA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 1 Nov. 2006

Fecha de publicacion: 24 Nov. 2006

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley Nº 5195 - Decreto N° 1717
DECLARA SITIO HISTORICO PROVINCIAL A LA LOCALIDAD DE FUERTE QUEMADO - SANTA MARIA

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase Sitio Histórico Provincial a la actual localidad de Fuerte Quemado, ubicada en la ciudad de Santa María, departamento Santa María.

ARTICULO 2.- Inclúyese en la declaración, la Iglesia de Fuerte Quemado.

ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo que corresponda, adoptará las medidas necesarias a fin de que dicha localidad sea debidamente señalizada, con sus referencias históricas, de ubicación, arqueológicas y culturales.

ARTICULO 4.- Invítase al Municipio de la ciudad de Santa María a adherirse a la presente Ley.

ARTICULO 5.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE. 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, AL PRIMER DIA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

 

Firmantes: HERRERA-COLOMBO-Cangi-Zafe

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2003-2007)

Observaciones:

   
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