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Título: AUTORIZASE INVERSIÓN PARA CAMINO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 5 Set. 1960
Fecha de publicacion: 1 Nov. 1960
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1º.- Autorizase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de Un Millón de Pesos ($ 1.000.000 m/n) Moneda Nacional, en la prolongación del camino provincial que llega hasta Tacana, hasta empalmar en la Localidad de Casa Armada, con la ruta Provincial que por Anjuli comunica con Frías.
ARTICULO 2º.- Los gastos emergentes de la presente Ley se tomaran de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3º.- De forma.-
FIRMANTES: CLAVERIE – GARCIA – SOMMARO – TOLEDO
TITULAR DEL P.E.P.: Sr. SALAS, JUAN MANUEL
DECRETO DE PROMULGACIÓN: Septiembre 14 de 1960 DECRETO H.E.O.P. Nº 2596
Firmantes: CLAVERIE-GARCIA-Sommaro-Toledo
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):