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Título: FERIADO EN CONMEMORACIÓN A LA AUTONOMÍA
Estado: Derogada
Fecha de sanción: 19 Ago. 1959
Fecha de publicacion: 23 Oct. 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase feriado para todo el territorio de la Provincia el día 25 de agosto de cada año, en conmemoración del Aniversario de la Autonomía de Catamarca.
ARTICULO 2.- Los poderes constituidos de la Provincia, deberán adoptar las medidas más oportunas para la recordación de la fecha, debiendo los establecimientos escolares dictar clases alusivas en el Día hábil anterior al 25 de agosto.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: SOMMARO-CLAVERIE-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):