Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 1895
  

 

Título: ACADEMIA "PADRE CLARET" ACUERDASE UNA SUBVENCIÓN

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 14 Ago. 1959

Fecha de publicacion: 27 Oct. 1959

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

LEY 1895 - Decreto 2208/1959
ACADEMIA “PADRE CLARET” ACUERDASE UNA SUBVENCION

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Acuérdase a la Academia de Estudios "Padre Claret", dependiente de la Congregación Religiosa Misioneros del Corazón de María, una subvención mensual de Dos Mil Quinientos Pesos Moneda Nacional, ($ 2.500. -), a los efectos de colaborar en la obra educativa y social que realiza la mencionada Institución.

ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma hasta tanto se la incluya en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos de la Provincia.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: SOMMARO-CLAVERIE-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 86/1959

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