Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 1903
  

 

Título: DECLARASE LA UTILIDAD PUBLICA TERRENOS EN ALIJILAN- MANANTIALES

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 31 Julio 1959

Fecha de publicacion: 10 Nov. 1959

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LEY 1903 - Decreto 2364/1959
DECLARANSE DE UTILIDAD PÚBLICA TERRENOS EN ALIJILAN - MANANTIALES

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, conforme los Artículos 1, 2 y concordantes de la Ley Nº 1534, los terrenos afectados por la zona de riego de Alijilán - Manantiales, los que serán destinados a la colonización de dicha zona, comprendidos dentro de los siguientes linderos y medidas que a continuación se detalla:
Zona de Riego - Superficie 3.300 Has. ubicada en la Estancia Manantiales y dentro de los siguientes linderos: por el Norte con la Ruta Nº 67; por el Este Río de la Aguada y camino provincial de Alijilán con terrenos del señor David Ahumada y Calle Pública por el Oeste, con Río La Carpintería.

ARTICULO 2.- De forma.

 

 

Firmantes: SOMMARO-CLAVERIE-Herrera-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 90/1959

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