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Título: DETERMINA EL 4 DE JUNIO DÍA DE HOMENAJE A LA MEMORIA DEL CAUDILLO CORONEL FELIPE VARELA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 28 Mayo 2008
Fecha de publicacion: 11 Julio 2008
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Determínase para todo el territorio provincial el día 4 de Junio “Día festivo en homenaje a la memoria del último de los caudillos: Coronel Felipe Varela”.
ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial determinará la celebración de un acto central provincial durante el día 4 de Junio, a los efectos de rememorar la figura del Coronel Felipe Varela.
ARTICULO 3.- Durante el día 4 de Junio, se conmemorará el día del Coronel Felipe Varela, con acto central bajo la modalidad de forma “dos”, en cada uno de los establecimientos escolares de todo el territorio provincial.
ARTICULO 4.- El Poder Ejecutivo Provincial, distribuirá a cada establecimiento escolar una biografía de Felipe Varela o una reseña sobre los aspectos fundamentales y trascendentes de su vida e ideario.
ARTICULO 5.- Que a través del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología deberá incorporarse en la currícula escolar de los distintos niveles de Educación General Básica y en el Polimodal, la enseñanza obligatoria del pensamiento federal de la Unión Americana del Coronel Felipe Varela.
ARTICULO 6.- Invítase a los Municipios de la provincia con Carta Orgánica, adherir a los alcances de la presente Ley.
ARTICULO 7.- Comuníquese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO.
Registrada con el N° 5245
Firmantes: CORPACCI-BRIZUELA-Calliero-Peralta
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):