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Título: AUTORIZASE INVERSIÓN PARA LA HABILITACIÓN DE UNA POSTA SANITARIA EN SAN ANTONIO DEL CAJÓN -- SANTA MARÍA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 29 Ago. 1960
Fecha de publicacion: 4 Nov. 1960
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
Art. 1º.- Autorizase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de Cien Pesos ($ 100.000,-- m/n) Moneda Nacional, en la habilitación de una Posta Sanitaria en el Distrito de San Antonio del Cajòn, departamento de Santa María.
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la aplicación de esta Ley, perfeccionándola para su mejor adaptación a los fines que se persigue.
Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma, hasta tanto sean incluídos en el Presupuesto para el año 1961.
Art. 4º. — De forma.
DADA UN LA SALA DE SESIONES DE LA HONARABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA A VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS SESENTA.
Firmantes: SOMMARO-CLAVIERIE-Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):