Inicio / Ley
Título: OFICINAS PUBLICAS EN LA CARRERA (FRAY M. ESQUIU) - FONDOS PARA SU CONSTRUCCIÓN
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 14 Set. 1959
Fecha de publicacion: 17 Nov. 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Destínase hasta la suma de Ciento Treinta Mil Pesos ($ 130.000.) Moneda Nacional, para la construcción de locales para oficinas públicas y posta sanitaria en la localidad de La Carrera - Departamento "Fray Mamerto Esquiú".
ARTICULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que disponga la construcción a que se hace referencia en el artículo precedente, que se estima de muy urgente, en la forma y por los medios que mejor convenga.
ARTICULO 3.- Los gastos que demande el la cumplimiento de presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, etc.
Firmantes: SOMMARO-SALAS-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):