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Detalle de Ley 1910
  

 

Título: INVERSIÓN PARA ESTUDIOS GEOGRÁFICOS Y GEOLÓGICOS DE LAS FUENTES DEL RIÓ AMPAJANGO

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 14 Set. 1959

Fecha de publicacion: 17 Nov. 1959

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LEY 1910 - Decreto 2478/1959
INVERSION PARA ESTUDIOS GEOGRAFICOS Y GEOLOGICOS
DE LAS FUENTES DEL RIO AMPAJANGO

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca, a invertir hasta la suma de Cuarenta Mil Pesos ($ 40.000,00) Moneda Nacional, por intermedio de los organismos competentes, para realizar los estudios geográficos-geológicos de las fuentes del río Ampajango del Departamento de Santa María, en "Abra del Toro" Sierra de Aconquija, para verificar el problema de captación de dichas fuentes, por el río de La Aorqueta afluente del río Pueblo Viejo de la Provincia de Tucumán.

ARTICULO 2.- La Comisión destacada para dichos estudios, deberá elevar al Poder Ejecutivo en el término de 30 días de realizados lo mismos, informes aconsejando, con los elementos de juicio respectivos, las medidas pertinentes.

ARTICULO 3.- Facúltase al Poder Ejecutivo para contratar los servicios de técnicos o especializados que se consideren necesarios.

ARTICULO 4.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 5.- De forma.

 

Firmantes: SOMMARO-SALAS-Ramirez Toledo-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 92/1959

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