Inicio / Ley
Título: DECLARASE «BENEMERITA CIUDAD HISTÓRICA» A LONDRES - DEPARTAMENTO BELÉN
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 18 Junio 2008
Fecha de publicacion: 11 Julio 2008
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Declárase «Benemérita Ciudad Histórica» a Londres, situada en el departamento Belén, provincia de Catamarca, por ser la primera ciudad en la Provincia, fundada por los colonizadores.
ARTICULO 2.- Corresponde al Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo que designe, adoptar las medidas necesarias para que dicha Ciudad sea promocionada con sus referencias históricas. Además deberá se agregada a la nómina catastral los testimonios que acrediten esta Declaración.
ARTICULO 3.- Serán aplicables las disposiciones previstas en la Ley 4.831 «Preservación del Patrimonio Cultural e Histórico de la provincia de Catamarca», en todo lo que sea pertinente.
ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.
Registrada con el Nº 5247
Firmantes: GRIMAUX DE BLANCO-BRIZUELA-Calliero-Peralta
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):