Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 1925
  

 

Título: SUBSIDIOS A BIBLIOTECAS POPULARES

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 15 Oct. 1959

Fecha de publicacion: 18 Dic. 1959

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

LEY 1925 - Decreto 2766/1959
SUBSIDIOS A BIBLIOTECAS POPULARES

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a acordar un subsidio mensual de $ 500 (Quinientos Pesos) m/n, a cada Biblioteca Popular, de precarios recursos, que funcione en el territorio de la Provincia, destinado a abonar los servicios de un bibliotecario.

ARTICULO 2.- La Dirección de Bibliotecas de Catamarca controlará el cumplimiento de esta Ley.

ARTICULO 3.- El gasto que demande la presente se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma, hasta tanto se incluya en la próxima Ley de Presupuesto.

ARTICULO 4.- De forma.

 

 

Firmantes: MORALES-SALAS-Herrera-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 101/1959

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