Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 5270
  

 

Título: DECLARASE MONUMENTO HISTÓRICO A LAS RUINAS DE LA IGLESIA DE AMADORES EN EL DEPARTAMENTO PACLIN

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 26 Mayo 2004

Fecha de publicacion: 29 Mayo 2009

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Ley N° 5270 - Decreto N° 496
DECLARASE MONUMENTO HISTORICO A LAS RUINAS DE LA IGLESIA DE AMADORES EN EL DEPARTAMENTO PACLIN
 

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1°.- Declárase Monumento Histórico Provincial, a las Ruinas de la Iglesia de Amadores, en el Departamento Paclín.

ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial, de acuerdo a las prescripciones de la Ley 4831, deberá incorporar a las Ruinas de la Iglesia de Amadores al catálogo de los bienes históricos culturales de la Provincia, y arbitrar las medidas tendientes a su protección y preservación.

ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese y archívese.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

 

 

Firmantes: AGÜERO-HERRERA-Zafe-Cangi-Calliero

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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