Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 1936
  

 

Título: AUTORIZASE CONSTRUCCIÓN DE CANAL COLECTOR EN RECREO - LA PAZ

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 22 Oct. 1959

Fecha de publicacion: 22 Dic. 1959

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LEY 1936 - Decreto 2843/1959
AUTORIZASE CONSTRUCCION DE CANAL COLECTOR EN RECREO LA PAZ

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a invertir la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000) MONEDA NACIONAL en la construcción de un canal colector de las Aguas pluviales en la Ciudad de Recreo, Departamento La Paz.

ARTICULO 2.- El gasto emergente de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 3.- De forma.

 

 

Firmantes: GUZMAN-OSUNA-Herrera-Garcia

Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 102/1959

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