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Título: AUTORIZASE REPARACIONES EN LOCAL "BIBLIOTECA DR. JULIO HERRERA"
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 22 Oct. 1959
Fecha de publicacion: 22 Dic. 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a invertir hasta la cantidad de QUINIENTOS MIL PESOS ($ 500.000) MONEDA NACIONAL, en la ampliación y reparación del local que ocupa la Biblioteca Provincial "Dr. Julio Herrera" de la Ciudad de Catamarca, de acuerdo a sus necesidades actuales.
ARTICULO 2.- Esta obra será incluída en el Plan de Obras, Trabajos y Servicios Públicos de la Provincia para el año 1960.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: GUZMAN-OSUNA-Herrera-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):