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Título: AUTORIZASE CONSTRUCCIÓN REPRESAS EN SAUJIL- SAN MIGUEL Y COLPES (POMAN)-
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 20 Oct. 1959
Fecha de publicacion: 22 Dic. 1959
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de SEISCIENTOS MIL PESOS ($ 600.000) MONEDA NACIONAL, para el estudio y construcción de represas en los campos comuneros de Saujil, San Miguel y Colpes del Departamento Pomán.
ARTICULO 2.- Los gastos emergentes de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: WALTHER-SALAS-Ramirez Toledo-Garcia
Gestión: Juan Manuel Salas (Gestion 1958-1962)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):