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Detalle de Ley 5279
  

 

Título: DECLARASE MONUMENTO HISTORICO Y PATRIMONIO CULTURAL DE LA PROVINCIA A LA CAPILLA "NUESTRA SEÑORA DE LA CANDELARIA" DE LAS PALMITAS - DEPARTAMENTO LA PAZ

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 27 Ago. 2009

Fecha de publicacion: 2 Oct. 2009

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Ley N° 5279 - Decreto N° 967
DECLARASE MONUMENTO HISTORICO Y PATRIMONIO CULTURAL DE LA PROVINCIA A LA CAPILLA "NUESTRA SEÑORA DE LA CANDELARIA" DE LAS PALMITAS - DEPARTAMENTO LA PAZ

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1°. - Declárase Monumento Histórico de la Provincia de Catamarca, la Capilla "Nuestra Señora de la Candelaria", ubicada en la localidad de Las Palmitas, Departamento La Paz.

ARTICULO 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial procederá, conforme lo dispuesto en el artículo precedente, a adoptar las medidas tendientes a cumplimentar las rescripciones establecidas en la Ley Nº 4.831 de Preservación del Patrimonio Cultural e Histórico de la Provincia de Catamarca.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.


DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

Registrada con el N° 5279

 

Firmantes: GRIMAUX DE BLANCO-RIVERA-Calliero-Peralta

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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