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Título: ENTREGA DE DINERO A LA AGREMIACIÓN DEL DOCENTE ARGENTINO
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 30 Set. 1952
Fecha de publicacion: 16 Enero 1953
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a entregar por una sola vez la suma de $ 100.00 m/n., a la Agremiación del Docente Argentino.
ARTICULO 2.- Que dicha suma sea la contribución del Gobierno de la Provincia para la formación del capital de la Cooperativa de consumo de la Agremiación del Docente Argentino - Delegación Catamarca.
ARTICULO 3.- El aporte de la provincia tiene por objeto permitir que los beneficios de la cooperativa de consumo de A. D. A. se haga extensivo a los docentes provinciales y a los adherentes de gremios que forman la C.G.T. Delegación Local.
ARTICULO 4.- El presente gasto será afectado de Rentas General.
ARTICULO 5.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Firmantes: DE LA BARRERA-CALDELARI-Castellanos-Torres Amuchastegui
Gestión: Armando Casas Nóblega (Gestion 1952-1955)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):