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Título: Ley 1590 - Acordando una pensión vitalica a Da, Margarita Luisa Tula de Medina
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 2 Set. 1963
Fecha de publicacion: 5 Enero 1954
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Acuérdase una Pensión mensual Vitalicia por la suma de Cuatrocientos Pesos Moneda Nacional ($ 400 m/n) a contar desde la fecha de promulgación de la presente ley, a doña Margarita Luisa de Medina.
ARTICULO 2.- El gasto que demande su cumplimiento se tomarán de Rentas Generales con imputación a la presente Ley, hasta tanto sea incluido en el próximo Presupuesto General de Gastos y Recursos.
3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: PEDRO GUSTAVO CALDERI-JORGE TORRES AMUCHASTEGUI-DAVID DE LA BARRERA -ADOLFO CASTELLANOS
Gestión: Armando Casas Nóblega (Gestion 1952-1955)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):