Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 1590
  

 

Título: Ley 1590 - Acordando una pensión vitalica a Da, Margarita Luisa Tula de Medina

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 2 Set. 1963

Fecha de publicacion: 5 Enero 1954

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

 

ARTICULO 1.- Acuérdase una Pensión mensual Vitalicia por la suma de Cuatrocientos Pesos Moneda Nacional ($ 400 m/n) a contar desde la fecha de promulgación de la presente ley, a doña Margarita Luisa de Medina. 

ARTICULO 2.- El gasto que demande su cumplimiento se tomarán de Rentas Generales con imputación a la presente Ley, hasta tanto sea incluido en el próximo Presupuesto General de Gastos y Recursos. 

3.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: PEDRO GUSTAVO CALDERI-JORGE TORRES AMUCHASTEGUI-DAVID DE LA BARRERA -ADOLFO CASTELLANOS

Gestión: Armando Casas Nóblega (Gestion 1952-1955)

Observaciones:

   
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