Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 2072
  

 

Título: PROVINCIALIZASE LA ESCUELA DE COMERCIO <BERNARDINO RIVADAVIA> DE LA CIUDAD DE TINOGASTA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 28 Julio 1964

Fecha de publicacion: 25 Ago. 1964

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Ley N°2072 
PROVINCIALIZASE LA ESCUELA DE COMERCIO  BERNARDINO RIVADAVIA DE LA CIUDAD DE TINOGASTA.

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Provincialízase la Escuela de Comercio "Bernardino Rivadavia" que funciona en la Ciudad de Tinogasta como Institución Privada reconocida por la Dirección Nacional de Enseñanza Privada.

ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo, por intermedio del Consejo General de Educación, procederá a tomar las medidas correspondientes a su funcionamiento como establecimiento de enseñanza provincial  homologación de estudios, situación de revista de su personal, y todo en cuanto haga a la materia, conviniendo el traspaso, sin cargo de todos los elementos que actualmente dispone el establecimiento de referencia para la impartición de enseñanza.

ARTÍCULO 3- A los efectos de la designación del cuerpo de profesores del Consejo General de Educación dará preferencia a aquellos que actualmente desempeñan esas funciones en el establecimiento, siempre que reúnan las condiciones de idoneidad y capacidad que rigen en la materia.

ARTICULO 4.- Hasta tanto sean previstos en el Presupuesto los gastos necesarios para el cumplimiento de esta Ley, los mismos serán tomados de Rentas Generales con imputación a la misma.

ARTICULO 5.-De forma.                                                      

FIRMANTES: FORTE- SELEME- DULCE- GARCIA 

 

Firmantes: FORTE-SELEME-Dulce-Garcia

Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 68/1964

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