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Título: TRANSFERENCIA DE UN TERRENO A LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 24 Julio 1964
Fecha de publicacion: 28 Ago. 1964
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Facultase al Poder Ejecutivo de la Provincia para que transfiera a favor de la Municipalidad de la Capital, sin cargo ni gravámen alguno, una fracción de terreno ubicada en el Departamento Capital que tiene una superficie de 143.77 ms2 y mide en su lado Norte, 10,00 m.; Sud, 6,47 m.; Este, 11,47 m.; Oeste, 15,00., con una ochava de 5,00 m., comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte, Estado Provincial (Hogar de Ancianos); Sud, Avda. Belgrano; Este, Calle Tucumán prolongación Norte y Oeste, Estado Provincial (Hogar de Ancianos), con destino a la construcción de un Mercado Municipal.
ARTICULO 2.- La construcción del Mercado Municipal que se da cuenta el Art. 1° de la presente Ley, debe ser iniciada y concluida en el término máximo de tres (3) años, a contar de la fecha de promulgación de la presente Ley, caso contrario la transferencia a que se alude quedará automáticamente sin efecto.
ARTICULO 3.- De forma.
FIRMANTES: FORTE- DULCE- OCAMPO- GARCIA
Firmantes: FORTE-DULCE-Ocampo-Garcia
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):