Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 2095
  

 

Título: CREANSE DOS REGISTROS PARA ESCRIBANO PUBLICO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 18 Set. 1964

Fecha de publicacion: 29 Set. 1964

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LEY 2095 - Decreto Nº 2191
CRÉANSE DOS REGISTROS PARA ESCRIBANOS PUBLICOS. 

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Créanse dos Registros para Escribano Público, con asiento en la Capital de esta Provincia.

ARTICULO 2.- De forma.

FIRMANTES: FORTE- DULCE- SELEME- GARCIA
TITULAR PEP ARMANDO NAVARRO
DECRETO PROMULGACION: 2191 (29/09/64)

 

 

Firmantes: FORTE-DULCE-Seleme-Garcia

Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • BOL 78/1964

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