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Título: LEY N°2064 - MODIFICASE ART. 1°
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 28 Ago. 1964
Fecha de publicacion: 16 Oct. 1964
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Modificase el Artículo 1 de la Ley vigente de Presupuesto N° 2064 en sus Anexos: "E" Poder Judicial y "F" Aporte Patronal Jubilatorio, Sueldo Anual Complementario, Salario Familiar y otros; únicamente en lo que se refiere a las planillas anexas y que forman parte de la presente Ley.
ARTICULO 2.- De acuerdo a lo establecido en el Artículo 1, el monto total del Presupuesto vigente queda incrementado proporcionalmente y conforme a la incidencia resultante de la nueva escala de Sueldo que consignan las citadas planillas.
ARTICULO 3.- Modificase el Artículo 5 de la Ley vigente de Presupuesto y en lo concerniente al Poder Judicial, quedando la situación de revista del personal conforme a las equivalencias y discriminación que indican las planillas adjuntas y que forman parte de la presente Ley.
ARTICULO 4.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del primero del mes de julio de 1964.
ARTICULO 5.-De forma.
FIRMANTES: FORTE – DULCE - OCAMPO- AGÜERO.-
TITULAR PEP: ARMANDO NAVARRO
DECRETO PROMULGACION: 2186 (29/09/64)
Firmantes: FORTE-DULCE-Ocampo-Aguero
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):