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Título: CREASE ESCRIBANIA DE REGISTRO EN LA CIUDAD DE BELEN
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 1 Set. 1964
Fecha de publicacion: 16 Oct. 1964
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Créase una Escribanía de Registro en la Ciudad de Belén, Dpto. del mismo nombre, con ajuste a la norma del Artículo 119 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 1879.
ARTICULO 2.- De forma.
FIRMANTES: FORTE- DULCE- OCAMPO- GARCIA-
TITULAR PEP: ARMANDO NAVARRO
DECRETO PROMULGACION: 2189(29/09/64)
Firmantes: FORTE-DULCE-Ocampo-Garcia
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):