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Título: CLUB BANCO CATAMARCA - DEJASE SIN EFECTO DCTO. LEY N° 1944-57
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 25 Set. 1964
Fecha de publicacion: 16 Oct. 1964
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
ARTICULO 1.- Déjase sin efecto la donación efectuada a la Asociación Bancaria Argentina - Seccional Catamarca - mediante el Decreto Ley Nº 1.944, de fecha 25 de septiembre de 1.957.
ARTICULO 2.- Transfiérese en donación al Club Banco de Catamarca, una fracción de terreno ubicado en el Cuartel Cuarto de esta Capital, que mide de frente y de contrafrente 18 metros; en su costado Este: 49,90 mts. y en su costado Oeste: 50,00 mts., y linda: Al Norte, Santos Di Santolo; al Sud, calle República; Este, José Domingo Barberis y Oeste, Carlos José‚ Ramos, Padrón Nº242 - Origen 2.706.
ARTICULO 3.- La Escribanía de Gobierno procederá a extender la pertinente escritura traslativa de dominio a favor de la citada Institución.
ARTÍCULO 4.- A sus efectos tomen razón: Dirección Provincial de Catastro, Dirección General de Rentas, Escribanía de Gobierno y Registro de la Propiedad.
ARTICULO 5.- De forma.
FIRMANTES: FORTE - DULCE - SELEME – GARCÍA
TITULAR DELPEP: ARMANDO LUIS NAVARRO
DECRETO DE PROMULGACION: Nº 2296 (02/10/64)
Firmantes: FORTE-DULCE-Seleme-Garcia
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):