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Título: ACUERDASE PENSION MENSUAL VITALICIA A MARIA APOLINARIA TORRES
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 25 Set. 1964
Fecha de publicacion: 16 Oct. 1964
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ARTICULO 1.- Acuérdase una pensión mensual vitalicia de Cuatro Mil Pesos ($4.000) Moneda Nacional, a doña María Apolinaria Torres, L.C. 8.763.669, en atención al estado de desamparo y enfermedad en que se encuentra.
ARTÍCULO 2.- Los fondos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán tomados de Rentas Generales, con imputación a la misma, hasta que sea incluida en el Presupuesto General de la Provincia.
ARTICULO 3.-De forma.
FIRMANTES: FORTE – DULCE – SELEME – GARCÍA.
TITULAR DEL PEP: ARMANDO LUIS NAVARRO.
DECRETO DE PROMULGACIÓN: Nº 2297 (02/10/64).
Firmantes: FORTE-DULCE-Seleme-Garcia
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):