Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 2114
  

 

Título: RADIOAFICIONADOS EN ACTIVIDAD - CONCEDESE 50 KW HORA MENSUALES SIN CARGO

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 30 Set. 1964

Fecha de publicacion: 20 Oct. 1964

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Ley 2114 - Decreto Nº 2363
RADIOAFICIONADOS EN ACTIVIDAD –
CONCÉDESE 50 KW HORAS MENSUALES SIN CARGO

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Concédese el uso de 50 kw. horas mensuales, sin cargo, a cada uno de los radioaficionados en actividad, en los lugares que operen dentro de la jurisdicción de esta Provincia donde hubiere provisión de energía eléctrica suministrada por Usinas Provinciales, Entes Autónomos Provinciales o Comunales.

ARTICULO 2.- Las respectivas reparticiones tomarán debida nota para el  cumplimiento de la presente Ley.

ARTICULO 3.- De forma.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO

 

 

Firmantes: FORTE-DULCE-Ocampo-Garcia

Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)

Observaciones:

   
Complementos

 

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