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Título: RATIFICASE CONVENIO DE ASISTENCIA FINANCIERA ENTRE LA PROVINCIA DE CATAMARCA Y EL FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 11 Enero 2001
Fecha de publicacion: 16 Feb. 2001
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Ratifícase el Convenio de Asistencia Financiera entre la Provincia de Catamarca y el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, de fecha veintiuno de diciembre de 2000, celebrado entre la Provincia de Catamarca, el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, el Banco de la Nación Argentina y la Secretaría de Programación Económica y Regional del Ministerio de Economía de la Nación, con sus Anexos I, II, III, IV y V.
ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a afectar, de la participación provincial en el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos establecido por Ley 23.548 y sus modificatorias, o el régimen que lo sustituya; y en los regímenes especiales de distribución de recursos tributarios de origen nacional de libre disponibilidad, o los regímenes que los sustituyan; el porcentaje que resulte necesario para la cancelación total del préstamo con más sus intereses y gastos, autorizando al Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial a retener automáticamente en cada vencimiento de capital e intereses, la suma correspondiente.
ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo remitirá a ambas Cámaras del Poder Legislativo, copia del Informe de Auditoría Externa comprometido en el Convenio de Asistencia Financiera (ARTICULO CUARTO, inc. 4.2) para acceder a cada uno de los desembolsos del préstamo.
ARTICULO 4.- Comuníquese, Publíquese y ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL UNO.
Firmantes: COLOMBO-HERRERA-Nieva-Villafañe
Gestión: Dr. Oscar Anibal Castillo (Gestion 1999-2003)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):