Digesto Legislativo Provincial

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de la Provincia de Catamarca

  

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Detalle de Ley 2129
  

 

Título: AUTORIZASE INVERSION EN LA CONSTRUCCION DE TRES REPRESAS EN LOS DTOS. DE CHOYA. POTRERO Y VILLAVIL - ANDALGALA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 29 Set. 1964

Fecha de publicacion: 11 Dic. 1964

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Ley 2129 - Decreto Nº 2450
AUTORÍZASE INVERSIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN DE TRES REPRESAS EN LOS DPTOS. DE CHOYA, POTRERO Y VILLAVIL – ANDALGALÁ

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a invertir hasta la suma de Tres Millones de Pesos Moneda Nacional ($ 3.000.000 m/n), en la construcción de tres represas en los distritos de Choya, Potrero y Villavil, en el departamento de Andalgalá.

ARTICULO 2.-  El estudio, proyecto, cálculos técnicos y ejecución de las obras estarán a cargo de la Dirección Provincial del Agua en colaboración con Vialidad de la Provincia.

ARTICULO 3.-  Los trabajos de referencia deberán ser incluidos en el Plan de Obras y Servicios Públicos correspondiente al año 1965. 

ARTICULO 4.- De forma.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO

 

 

Firmantes: FORTE-DULCE-Ocampo-Garcia

Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 99/1964

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