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Título: AUTORIZASE INVERSION EN LA CONSTRUCCION DE TRES REPRESAS EN LOS DTOS. DE CHOYA. POTRERO Y VILLAVIL - ANDALGALA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 29 Set. 1964
Fecha de publicacion: 11 Dic. 1964
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la Provincia a invertir hasta la suma de Tres Millones de Pesos Moneda Nacional ($ 3.000.000 m/n), en la construcción de tres represas en los distritos de Choya, Potrero y Villavil, en el departamento de Andalgalá.
ARTICULO 2.- El estudio, proyecto, cálculos técnicos y ejecución de las obras estarán a cargo de la Dirección Provincial del Agua en colaboración con Vialidad de la Provincia.
ARTICULO 3.- Los trabajos de referencia deberán ser incluidos en el Plan de Obras y Servicios Públicos correspondiente al año 1965.
ARTICULO 4.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO
Firmantes: FORTE-DULCE-Ocampo-Garcia
Gestión: Armando Luis Navarro (Gestion 1963-1966)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):